Obligaciones con SENASA

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD VEGETAL

Resolución 778/2004

Establécese que todo organismo de investigación u otra institución del ámbito privado u oficial que desarrolle actividades en el territorio argentino y bajo cuya responsabilidad se realicen tareas en el área fitosanitaria o cualquier otra relacionada, deberá comunicar al SENASA la detección o caracterización de plagas de vegetales que hasta ese momento hayan sido consideradas como no presentes en el país, antes de divulgar el hallazgo por cualquier medio.

Para cumplir adecuadamente con sus funciones, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) necesita conocer en forma precoz las detecciones que se produzcan.
Por ello, la resolución SENASA N° 778/2004, establece que todo organismo de investigación u otra institución del ámbito privado u oficial que desarrolle actividades en el territorio argentino y bajo cuya responsabilidad se realicen tareas en el área fitosanitaria o cualquier otra relacionada, deberá comunicar al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y?CALIDAD AGROALIMENTARIA, a través del Sistema Nacional de Vigilancia y Monitoreo de Plagas (SINAVIMO), la detección o caracterización de toda plaga de vegetales que hasta ese momento haya sido considerada como no presente en el país, en un área determinada dentro del país o en un cultivo determinado, antes de realizar la divulgación del hallazgo por cualquier medio.
Esta resolución comprende a las primeras detecciones tanto de plagas consideradas cuarentenarias como no cuarentenarias.
La comunicación de una detección no impide la publicación de la investigación o el reconocimiento de la autoría del descubrimiento.
A fin de recibir esta información, el Sinavimo pone a disposición a través de su sitio web, el formulario para carga on-line de la comunicación de detecciones. El mismo permite incluir referencias personales de quien realiza la notificación y datos correspondientes a la plaga denunciada. Asimismo, faculta a la carga de imágenes relacionadas con la detección.
Para acceder al formulario de carga, deberá ingresar a la página web del Sinavimo (www.sinavimo.gov.ar), y hacer click sobre el ítem Comunicación de detecciones: Resolución 778/04, ubicado en la parte inferior de la pantalla.